El primer paso es revisar si la compañía o la persona natural cumple con los preceptos iniciales para declararse en insolvencia.
En el caso de las empresas y personas naturales comerciantes, los preceptos para emprender un proceso regulado por la Ley de Insolvencia económica Ley 1116 de 2006 son:
Para personas naturales NO comerciantes son:
Una vez haya comprobado que cumple con los preceptos, puede pensar en iniciar el procedimiento, de la siguiente manera:
Sin embargo, este proceso tiene un alto grado de complejidad y merece que sea manejado por expertos en el tema. Es necesario saber que un abogado que tenga experiencia en procesos de insolvencia, le puede prestar un mayor beneficio comparado con alguno que nunca haya llevado a cabo este tipo de procesos. Le recomendamos asesorarse por alguna empresa que esté conformada por un equipo interdisciplinario experto en insolvencia (especialistas en finanzas, abogados, contadores y personal de apoyo)
IN-R INGRAM RICHARDS COLOMBIA
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La Superintendencia es el organismo gubernamental quien recibe y tramita todo su proceso de Insolvencia
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